Registro Electrónico del Tribunal
Constitucional; obligatorio desde el 1 de
enero de 2018
El Registro Electrónico del
Tribunal Constitucional, creado por Acuerdo de Pleno, de 15 de septiembre de
2016 («BOE» número 284, de 24 de noviembre), en su artículo 14 establecía que "mediante resolución del Secretario General
publicada en la sede electrónica del Tribunal se determinarían progresivamente
determinados aspectos de su funcionamiento".
En ejecución de aquel, el apartado
2 de la Resolución de 25 de noviembre de 2016, de la Secretaría General del
Tribunal Constitucional, establecía que "
2. Su utilización tendrá carácter voluntario."
Transcurrido un año desde su
implantación, mediante "Resolución de 23 de noviembre de 2017, de la
Secretaría General del Tribunal Constitucional, por la que se fija el ámbito de
aplicación del Registro Electrónico del Tribunal Constitucional" se
establece ahora que "2. Su
utilización tendrá
carácter obligatorio desde el 1 de enero de 2018 para la presentación por medio de
Procurador de demandas, escritos y documentos que deban surtir efectos en
procesos de amparo. "
Descargar
Resoluciónde 25 de noviembre de 2016, de la Secretaría General del TribunalConstitucional, por la que se fija el ámbito de aplicación del RegistroElectrónico del Tribunal Constitucional.
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Derecho y práctica procesal
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