domingo, 26 de enero de 2014

Tasas judiciales. Documentos de interés.


Visitar última actualización del post 06.07.17 con los pronunciamientos del Tribunal constitucional VISITAR

Tasas judiciales. Documentos de interés.

Ultima actualización 26/1/14


Existen otras formas de luchar contra las tasas judiciales y los Procuradores debemos dar un paso adelante aportando elementos que justifiquen la inconstitucionalidad de esta norma y aportando argumentos a nuestros clientes y abogados para limitar en lo posible las graves consecuencias de su aplicación.

Una forma de ayudar podría ser difundir y compartir este material. Las reseñas en rojo, contienen enlaces a documentos que pudieran ser de interés. Tú decides.


Los fundamentos de este artículo, no sirvieron para la declaración de exención de la tasa pero sí para reponer el requerimiento judicial de “una tasa por cada uno de los trabajadores” que instaron un concurso, a una sola tasa, permitiendo la viabilidad del proceso.

La presentación de esta reclamación ha permitido que al menos en Santiago, los perjudicados por las preferentes puedan acogerse a la deducción del 10% de la cuota. No son grandes logros pero sí una forma de aportar granitos de arena. Quizás estas alegaciones sirvan para ampliar la interpretación de la DGT en esta consulta.

Con este trabajo se fundamentó un recurso que finalmente sentó el criterio de que la base imponible de la reconvención es independiente de la cuantía del proceso y en el mismo sentido, este artículo permitió justificar la autonomía de la cuantía en los recursos.

Sobre los procedimientos matrimoniales, no fueron pocos los argumentos y criterios que se manejaron antes de la reforma y que tras el RD 3/13, en materia de procesos matrimoniales nada o poco se resolvió. En general, esta reforma dio lugar a nuevos problemas e interpretaciones creando, si cabe, mayor inseguridad jurídica y resoluciones judiciales dispares.

Sobre la base de este artículo se justificó la especial naturaleza de los procesos de desahucio afectando a la reducción de la cuota fija y al planteamiento de una cuestión procesal sobre la base imponible aplicable. A día de hoy, está pendiente de un recurso que insta la declaración de no sujeción a tasa y la modificación de los criterios sentados por el Colegio Nacional de Secretarios Judiciales.

Y hay otros ejemplos, como los que han supuesto que la DGT asuma que no están sujetos a tasas judiciales los expedientes de dominio, los expedientes de jurisdicción voluntaria, las juras de cuenta, las tercerías de dominio, las tercerías de mejor derecho y muchos otros.

El peculiar criterio de la DGT sobre los casos de pluralidad de partes demuestra que los formularios de la AEAT no se ajustan a la Ley y pese a ello no se ha instado medida alguna ni se han ajustado a la legalidad. Quizás las alegaciones que sirvieron de base a esta consulta ayuden a recoger el testigo.

No han sido pocos los que nos han trasladado que sobre la base de este trabajo se han ido construyendo argumentos para, de alguna forma, seguir luchando contra esta injusta ley.

Algunos empezaron hace mucho denunciando aquel anteproyectocontinuaron cuando aquél se convirtió en Ley y no cejaron tras la reforma por RD 3/13, acudiendo a debates y foros, charlas y coloquios con el ánimo de dar a conocer que esta iniciativa legislativa hoy realidad, era un ataque a los derechos del ciudadano, pero ¿será suficiente?

Existen otros muchos supuestos y mientras el Tribunal Constitucional no se pronuncie ni se materialicen las iniciativas que se barajan a nivel europeo, todos debemos hacer nuestra aportación para impedir que se limite al ciudadano su derecho a acceder a la justicia y el compromiso de los Procuradores, como sus representantes, debe ser el de dar un paso al frente.

Una forma de ayudar podría ser difundir y compartir este material. Tú decides

__________________________________
Más información en: - https://sites.google.com/site/despachomerellesperez/ - http://merellesperez.blogspot.com.es/

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Entradas populares